Buenos Aires. Otorgan facilidades para pagar el Inmobiliario Complementario

Buenos Aires. Otorgan facilidades para pagar el Inmobiliario Complementario

Bajo el régimen de regularización de deudas dispuesto por la Resolución Normativa 13/14, los contribuyentes podrán regularizar las deudas provenientes del Impuesto Inmobiliario Complementario, vencidas al 31 de diciembre de 2013. Así lo estableció ARBA, con vigencia a partir del 5 de mayo.

La Resolución Normativa 24/14 si bien incluye estas obligaciones impagas en el régimen de la RN 13/14, realiza las siguientes adecuaciones a considerar:

  • El importe de las cuotas del plan no podrá ser inferior a la suma de ciento cincuenta pesos ($150).
  • El pago de las obligaciones regularizadas podrá realizarse de acuerdo a lo siguiente:

1.- Al contado: en un (1) sólo pago, con una bonificación del quince por ciento (15%) por pago dentro del plazo previsto al efecto.
2.- En cuotas: con un anticipo del diez por ciento (10%) de la deuda y el saldo:
2.1. En tres (3) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una bonificación del diez por ciento (10%) por pago dentro del plazo previsto al efecto y sin interés de financiación.
2.2. En seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con una bonificación del cinco por ciento (5%) por pago dentro del plazo previsto al efecto y sin interés de financiación.
2.3. En nueve (9) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación y sin interés de financiación.

Las bonificaciones reguladas en ningún caso podrán implicar una reducción del importe del capital de la deuda.

FUENTE: Novedades Fiscales.

 

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