A través de la Comunicación “C” 60197, el Banco Central de la república Argentina estipuló los feriados que deberán observar las entidades financieras a lo largo del año 2012. Cabe señalar que al detalle que se consiga más adelante hay que sumarle el 6 de noviembre que es el Día del Trabajador Bancario el que no figura en la citada comunicación y que, en principio, se celebra en la Ciudad de Buenos Aires solamente, atento la Ley porteña 314.
La nómina de los feriados es la siguiente:
20 de febrero | Carnaval. (1) |
21 de febrero | Carnaval (1) |
27 de febrero | Bicentenario de la creación y primera jura de la bandera argentina. (7) |
2 de abril | Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. (1) |
5 de abril | Jueves Santo. Festividad Cristiana. (2) |
6 de abril | Viernes Santo. (1) |
30 de abril | Feriado con fin turístico. (1) (6) |
1 de mayo | Día del Trabajo. (1) |
25 de mayo | Día de la Revolución de Mayo. (1) |
20 de junio | Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano. (1) |
9 de julio | Día de la Independencia. (1) |
20 de agosto | Corresponde al 17 de agosto. Paso a la Inmortalidad del Gral. D. José de San Martín. (1) (3) |
8 de octubre | Corresponde al 12 de octubre. Día del Respeto a la Diversidad Cultural. (1) (4) |
26 de noviembre | Día de la Soberanía Nacional (1) (5) |
24 de diciembre | Feriado con fin turístico. (1) (6) |
25 de diciembre | Navidad. (1) |
(1) – Feriado nacional.
(2) – Día no laborable.
(3) – Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.584/2010 se traslada al tercer lunes del mes.
(4) – Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.584/2010 se traslada al segundo lunes del mes.
(5) – Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.584/2010 se traslada al cuarto lunes del mes.
(6) – Conforme con lo dispuesto por el Decreto N° 1.585/2010 se establecen como días con fines turísticos.
(7) – Conforme con lo dispuesto por la Ley N° 26.721, se establece como feriado extraordinario en todo el territorio nacional.
FUENTE: Novedades Fiscales.