Por: Pablo A. Vergara
Recordamos a nuestros lectores que mediante la Resolución General 1804, la AFIP implementó el beneficio de acreditar anualmente el equivalente a una cuota de aporte personal mensual, para aquellos contribuyentes que cancelen la Jubilación Autónomos mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito. La devolución de dicho importe se efectuará durante el mes de febrero de cada año.