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Ganancias. Los alcances y las dudas que quedan

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Por: Ismael Bermúdez

De los anuncios de ayer sobre el impuesto a las Ganancias surgen certezas y dudas.
Las principales son:

1 Mínimo no imponible y demás deducciones. El Presidente Macri anunció que era de $ 30.000 por mes, cumpliendo con la promesa de la campaña electoral. Luego se aclaró que era para el casado con 2 hijos y que ese valor era el “bruto” antes de los descuentos para los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados. Eso lo redujo a $ 25.000 netos mensuales. Para los solteros sin hijos se fijó en $ 18.880. Y para los autónomos solteros en $ 7.000. Eso significa que los que cobran en mano menos de esas cifras no están alcanzados por el impuesto. Y si ganan más, pagan Ganancias sobre el excedente de esas cifras.

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Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

Ganancias, fase 1: suben el piso del impuesto pero el cambio de escalas queda en manos del Congreso

El presidente Mauricio Macri anunció modificaciones en el piso del Impuesto a las Ganancias, en un acto que se realizó en Casa Rosada y en el cual estuvo acompañado por dirigentes sindicales, políticos y su gabinete de ministros.

Macri precisó la elevación a «$30.000» brutos mensuales en el piso del Impuesto a las Ganancias, medida que consideró un «primer paso para empezar a generar justicia» en los haberes de los trabajadores.

«Estamos dando un primer paso adelante, es un paso en el cumplimiento de las promesas (de campaña), para empezar a generar justicia en las cosas, como tienen que ser», dijo el jefe de Estado al realizar el anuncio-

El aumento del mínimo no imponible «a $30.000 es un aumento de más de 160%», subrayó Macri, que consideró un «viejo reclamo de los argentinos, de los trabajadores», el de los cambios en Ganancias.

La modificación esta centrada exclusivamente en el piso del impuesto, que pasa a ser de $30.000 brutos mensuales (para un trabajador casado con dos hijos). Es decir, que por ahora las escalas no serán reformuladas. Para ello, habrá que esperar el envío de un proyecto de ley al Congreso. El alivio NUNCIADObeneficia a más de un millón de trabajadores.

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Cae símbolo de la era Echegaray: el bloqueo del número de CUIT ya no estará entre las sanciones de la AFIP

También se estudia reemplazar la exclusión de pleno derecho del Monotributo mediante la publicación del listado en el boletín oficial por una notificación personalizada que asegure el derecho de defensa. Acceda al listado de modificaciones que se encuentran bajo análisis

Durante la etapa anterior de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se hizo popular una sanción que se convirtió en la más temida: la suspensión del número de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Si bien, reconocidos tributaristas cuestionaban la dureza de la pena, la «gestión de Ricardo Echegaray» hizo uso y abuso de tal facultad.

Por este motivo, de acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional, el nuevo administrador federal, Alberto Abad está estudiando «no continuar con la política de bloqueo de la CUIT”.

Así se desprende del documento resumen de la primera reunión del año entre representantes del fisco nacional y de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), que reúne a los contadores.

Entre los principales cambios que se encuentran bajo estudio, vale mencionar:

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Los balances de las SRL vuelven a presentarse en papel en la IGJ

Los estados contables deberán presentarse dentro de los 15 días posteriores a la realización de la reunión de socios que los considere, acompañando del acta del órgano de administración firmada por el representante legal y de la reunión de socios que aprobó los estados contables

La Inspección General de Justicia (IGJ) está actualizando sus aplicativos y hasta tanto lo haga, la presentación de las SRL debe efectuarse en soporte papel.

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Las claves del plan para saldar deudas con la AFIP

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El organismo habilitó un sistema permanente de financiamiento de obligaciones impositivas impagas.

Para quienes tengan que saldar deudas por obligaciones impositivas o de la seguridad social impagas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó un nuevo régimen de facilidades de pago, que alcanza tanto a empresas como a personas. La diferencia con medidas anteriores de este tipo es que esta vez se trata de un plan permanente, por lo que no hay una fecha de vencimiento para la adhesión de los contribuyentes. Y una similitud con los programas previos es que no se condonan intereses resarcitorios y/o punitorios, ni posibles multas. Lo que se ofrece es la posibilidad de pagar en cuotas lo adeudado.

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La AFIP oficializó el texto del nuevo plan de pagos permanente

Se pueden financiar hasta en 3 cuotas los aportes de trabajadores en relación de dependencia; hasta en 6 cuotas las obligaciones impositivas y de seguridad social; hasta en 20, las obligaciones por autónomos y monotributistas, y hasta en 24 cuotas la deuda generada por ajustes de inspección

La Administración Federal de Ingresos Públicos hizo oficial la reglamentación del flamante plan de pagos permanente lanzado por la nueva gestión a cargo de Alberto Abad.

Los detalles se encuentran en la resolución general 3827 que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

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AFIP aprobó un plan de facilidades permanente

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Como una forma de aliviar la carga tributaria de los contribuyentes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aprobó un plan de financiación permanente que comprende deuda en general,  los aportes de autónomos y monotributistas, el impuesto integrado de los monotributistas y las obligaciones de los contribuyentes situados en áreas de desastre o emergencia. No incluye las retenciones y percepciones impositivas y previsionales, anticipos y/o pagos a cuenta, el IVA por importación de servicios, loa aportes a las ART y la deuda declarada en planes vigentes. Se excluye a los ciudadanos imputados penalmente.

El régimen es de cuotas iguales y consecutivas siendo de $ 500 la mínima para autónomos y monotributistas y de $ 1.000 para el resto de los planes. Para su financiación se aplica el sistema francés. Las cuotas se pagarán con débito en cuenta y habrá un sistema de alertas vía SMS. La caducidad del plan se informará por ventanilla electrónica.

Los planes, según la deuda son de hasta 3 cuotas (aportes de trabajadores en relación de dependencia); hasta 6 para obligaciones impositivas y de seguridad social, excepto aportes; hasta 20 si se trata de obligaciones de autónomos y monotributistas y hasta 24 para ajustes de inspección.

La tasa de interés variará mensualmente en función a la tasa nominal anual del Banco Nación para plazos fijos a 180 días y se publicará el 20 de cada mes. Ese importe tiene un ajuste según los ingresos de más 2 puntos para ingresos anuales hasta 91.000.000 y más 6 puntos para ingresos superiores a esa cifra, de acuerdo a la información oficial difundida. Se aplicará el sistema de calificación scoring desde julio 2016, es decir según el comportamiento fiscal del contribuyente.

FUENTE: Novedades Fiscales

Buenos Aires. Ley Impositiva para 2016

aaa-EC2En la provincia de Buenos Aires la Ley Impositiva, y las ocasionales modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes, se aprueba conjuntamente con el Presupuesto para el ejercicio de que se trate. La semana pasada la Legislatura aprobó esa ley de ejecución financiera y conjuntamente la Ley 14.808 que fija los impuestos y tasas que percibirá la jurisdicción durante el período fiscal 2016 y ciertas reformas al Código. El texto se encuentra a disposición de los usuarios.

La misma comprende a todos los tributos a cargo de la provincia siendo los  principales Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Enriquecimiento a Título Gratuito.

El general las alícuota tanto de Ingresos Brutos como de Sellos no fueron reformuladas para este año, en cambio si se han actualizado valores como ser los parámetros de ingresos para aplicar alícuotas incrementales en el primero de los tributos mencionados. Siempre dentro de ese gravamen se puede destacar que el impuesto mínimo mensual se elevó a 147, al igual que para inicio de actividades. Y para determinar si las personas físicas de alquilan inmuebles se encuentran alcanzadas el importe de la locación mensual es de $ 8.957 o $ 107.484 anuales. También se adecuan cuestiones atinentes a tratamientos exentivos.

Por otra parte para Impuesto a los Enriquecimientos a Título Gratuito (llamado generalmente Impuesto a la Herencia) se estipula que no quedan alcanzados cuando el monto total a transferir no excede el importe de $ 78.000, cifra que trepa hasta $ 325.000 en los supuestos que la transferencia involucre a padres, hijos y cónyuge. Este gravamen podrá pagarse en hasta 10 cuotas.

La norma contiene modificaciones al Código Fiscal y a otras leyes relacionadas.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Se elimina el sistema Arbanet

El director de Arba, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban IIBB 500 mil contribuyentes

LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN ELIMINA EL SISTEMA ARBANET PARA CONTRIBUYENTES DE INGRESOS BRUTOS

El director de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Gastón Fossati, eliminó el sistema de anticipos mensuales Arbanet, a través del cual tributaban Ingresos Brutos alrededor de 500 mil contribuyentes del fisco bonaerense.

Fossati explicó que «el funcionamiento de Arbanet dejó de ser eficiente, tanto para el fisco como para los contribuyentes«, y argumentó que «migramos hacia un esquema moderno y ágil que facilita la relación entre el fisco y los vecinos«.

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Inconvenientes con el segundo intento de débito de las cuotas del mes de diciembre

201512-PFPLa AFIP informa que por inconvenientes sistémicos, ajenos al Organismo Recaudador, el segundo intento de débito de las cuotas de facilidades de pago -para los planes dispuestos por las RG (AFIP) 3630, 3756 y 3806- con vencimiento el día 28/12/2015 se realizará el 29/12/2015.
Recordamos que el segundo intento de débito de la cuota se origina al no haberse podido efectivizar el débito de la misma en la fecha de vencimiento prevista para el día 16/12/2015.

FUENTE: Errepar