Los ingresos mínimos del personal de trabajo doméstico se incrementan en un 25% a partir de este mes, según lo dispuso el Ministerio de Trabajo.
La recomposición, de un nivel similar a la inflación anual estimada por consultoras independientes del Gobierno, eleva el valor del trabajo por hora a 25 pesos.
Según la resolución 886 de la cartera laboral, publicada en el Boletín Oficia l, en el caso del personal que desarrolla sus tareas en una jornada de 8 horas con retiro, la remuneración pasa de $2.589,85 a 3.220 pesos.
La resolución oficial especifica que los nuevos valores rigen a partir del primer día de este mes.
FUENTE: iProfesional.com
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 886/2013
ARTICULO 1° — Fíjase a partir del 1° de septiembre de 2013 las categorías profesionales para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley Nº 26.844 y sus remuneraciones mensuales mínimas que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 2° — Las categorías profesionales y la adecuación salarial dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación, sin perjuicio de las facultades asignadas por la Ley Nº 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y de lo que disponga la reglamentación de la Ley Nº 26.844.
ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
1) SUPERVISOR/A Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. | Personal con retiro |
Hora: $ 31 Mensual: $ 3950 |
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Personal sin retiro | |
Hora: $ 34 Mensual: $ 4400 |
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2) PERSONAL PARA TAREAS ESPECIFICAS Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. | Personal con retiro |
Hora: $ 29 Mensual: $ 3670 |
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Personal sin retiro | |
Hora: $ 32 Mensual: $ 4085 |
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3) CASEROS Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. | Hora: $ 28 Mensual: $ 3580 |
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores. | Personal con retiro |
Hora: $ 28 Mensual: $ 3580 |
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Personal sin retiro | |
Hora: $ 31 Mensual: $ 3990 |
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5) PERSONAL PARA TAREAS GENERALES Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. | Personal con retiro |
Hora: $ 25 Mensual: $ 3220 |
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Personal sin retiro | |
Hora: $ 28 Mensual: $ 3580 |
El personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
FUENTE: InfoLEG