Archivo el noviembre 16, 2018

Asignación no remunerativa para noviembre de 2018 y enero de 2019. Procedimiento previo a despidos sin justa causa

Se establece el pago de una asignación no remunerativa y un procedimiento previo a un despido sin causa. Entre sus principales aspectos, se destacan:

Asignación no remunerativa (ANR)

– De $ 5.000, a abonarse en dos cuotas iguales, junto a las remuneraciones de los meses de noviembre de 2018 y enero de 2019, respectivamente.
– El pago será proporcional cuando la prestación de servicios fuere inferior a la jornada legal o convencional.
– Se prevé para aquellas actividades o sectores en crisis o declinación productiva la flexibilización del pago de la ANR, que deberá formalizarse mediante Acuerdos convencionales.
– Se establece un régimen de absorción para aquellas actividades que hayan pactado un incremento salarial en concepto de revisión salarial complementaria a la negociación colectiva del año 2018 y también para los empleadores que unilateralmente hubiesen otorgado otros incrementos sobre los ingresos de los trabajadores a partir del 1 de enero de 2018.
– Se aclara que las nuevas negociaciones colectivas que se celebren para instrumentar sumas en concepto de “revisión salarial” podrán tomar en cuenta el monto de la presente ANR.
– Quedan excluidos del pago de la ANR los trabajadores del Régimen de Trabajo Agrario y Personal de Casas Particulares, como así también los que pertenezcan al sector público nacional, provincial y municipal.

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La AFIP lanza una nueva herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo tiempo

La AFIP lanza una herramienta que emite el Libro de Sueldos Digital y la declaración de cargas sociales al mismo tiempoEl Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y jurisdicciones

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informa que pondrá en línea una nueva herramienta informática que permitirá a los empleadores cumplir en un único trámite distintas obligaciones, tales como:

– Emitir el Libro de Sueldos y Jornales -hojas móviles-
– Generar la declaración jurada mensual de cargas sociales del SUSS (F. 931).

Por otra parte, el Organismo fiscal decidió implementar el nuevo sistema por etapas, incorporando paulatinamente empleadores por ramas de actividad y/o jurisdicciones. Leer más

Plan Puente II: rige desde este martes la prórroga hasta fin de año del régimen de facilidades de la AFIP

El plan permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de septiembre último, frente al límite del 30 de junio que estaba contemplado en la original

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General N° 4328, dispuso prorrogar hasta fin de este año la posibilidad de que los contribuyentes ingresen a los planes de pago denominados “Puente II”,que vencía a fin de este mes.

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Ingresos brutos. Régimen general de retención y percepción. Grupos de alícuotas. Alícuota máxima de retención. Modificación

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 39/2018

SUMARIO: Se establece que, a partir del 1/1/2019, a los fines de determinar la alícuota a aplicar en el marco del régimen general de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, los contribuyentes y/o responsables del impuesto serán categorizados dentro de 26 grupos de alícuotas, de acuerdo al giro económico y la real situación fiscal de cada sujeto, en lugar de los 16 grupos existentes en la actualidad.
Asimismo, se eleva del 4% al 8% la alícuota máxima aplicable dentro del régimen general de retención del impuesto.

FUENTE: Errepar

Creación del organismo federal de valuaciones de inmuebles

Se crea el Organismo Federal de Valuaciones de Inmuebles, cuyo objeto es determinar los procedimientos y las metodologías de aplicación para las valuaciones fiscales de los inmuebles ubicados en el territorio de la CABA y de las provincias que adhirieron al Consenso Fiscal aprobado por la ley 27429.
Recordamos que, en tal sentido, el objetivo del Consenso Fiscal persigue que las valuaciones fiscales de los inmuebles tiendan a reflejar los valores que se manejan en el mercado inmobiliario.

FUENTE: Errepar