Archivo el abril 26, 2016

La AFIP amplió a cuatro el límite de planes de pago para pequeños contribuyentes

El nuevo tope aplica para que los contribuyentes con ingresos anuales de hasta $50 millones, es decir micro y pequeños empresarios, que regularicen el pago de las deudas impositivas y previsionales que mantengan con el organismo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió flexibilizar el tope de planes de facilidades de pago que los pequeños contribuyentes podrán presentar a partir del 2 de mayo y lo elevó a cuatro, en el marco de su política de asistir a los ciudadanos en el cumplimiento de sus obligaciones.

El nuevo tope aplica para que los contribuyentes con ingresos anuales de hasta $50 millones, es decir micro y pequeños empresarios, que regularicen el pago de las deudas impositivas y previsionales que mantengan con el organismo.

La AFIP tomó la determinación haciéndose eco del pedido formulado por distintas entidades y cámaras empresariales.

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La AFIP endurece las condiciones para financiar deudas impositivas

 La AFIP endurece las condiciones para financiar deudas impositivas por DOLORES OLVEIRA

Por la última modificación al plan de facilidades de pago de la AFIP, a partir del 1º de abril las deudas por obligaciones impositivas, por ejemplo los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales de personas físicas de este mes, cuyos vencimientos operen en el mes de la solicitud de adhesión y/o mes anterior, no podrán pagarse en seis cuotas sino en tres.

Alberto Mastandrea, de BDO Argentina, explicó que la modificación introducida por la RG 3837/16 en el plan de la RG 3827/16 relativa al incremento de la tasa de financiación para deudas vencidas en el mes de la solicitud de adhesión y/o mes anterior, ha incorporado en un Anexo un nuevo tipo de plan, el A.3 cuya cantidad máxima de cuotas es tres.

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Convenio Multilateral. Declaración jurada anual -CM05- del período fiscal 2015. Se prorroga el vencimiento al 30/6/2016

aaa-EC2Se prorroga al 30/6/2016 el vencimiento para la presentación de la declaración jurada -Formulario CM05- correspondiente al período fiscal 2015, sin perjuicio de aplicar el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas según el procedimiento correspondiente a partir del cuarto anticipo.
Recordamos que la Comisión Arbitral había dispuesto originalmente que el citado vencimiento operaría el 30/4/2016 -por medio de la RG (CA) 5/2015- y luego dicha fecha se había prorrogado al 16/5/2016 -a través de la RG (CA) 1/2016-.

 

FUENTE: Errepar

Ganancias y Bienes Personales: AFIP da una prórroga de 10 días para la presentación de declaraciones juradas anuales

El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 10 días el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales y, de corresponder su pago, para el período fiscal 2015.

El vencimiento comprende a aquellas personas que, al 31 de diciembre de 2015, posean bienes por un monto igual o superior a $305.000 y que no tengan participación en sociedades que cierren ejercicio comercial en diciembre o que teniéndolas consistan en acciones de empresas que cotizan en bolsa o mercado de valores.


Fuente: AFIP

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Arba enviará boletas digitales de impuestos y fortalecerá trabajo en conjunto con los municipios

aaa-EC2Según anunció  Gastón Fossati, director de ARBA, el organismos fiscal  impulsará el servicio de boleta por mail para contribuyentes de los impuestos Automotor, Inmobiliario y Embarcaciones Deportivas, con el objetivo de “despapelizar” y lograr asi un  el sistema “eficiente y económico”,  destinando  a mejorar la calidad de los servicios para el contribuyente con lo ahorrado por la implementación digital.

Confirmó que ARBA rubricó más de 110 convenios de colaboración con diferentes municipios ya, que “no había interlocutores, no existía intercambio de información real, o la que se intercambiaba no estaba bien procesada, pues de  de todos los convenios que había firmados con municipalidades, sólo el 40% tenía aplicación práctica.”

 

FUENTE: Novedades Fiscales

AGIP oficializó el vencimiento para presentar el form. CM05

aaa-EC2Tal como se adelantara en el mail de ayer, la Dirección General de Rentas porteña, dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), a través de la Resolución 822/16 fijó el 30 de Junio de 2016 como fecha hasta la cual se considerará presentada en término la Declaración Jurada Anual –Formulario CM05- correspondiente al ejercicio fiscal 2015 por los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el régimen del Convenio Multilateral con sede en la Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

FUENTE: Novedades Fiscales.

 

Autónomos. Incremento a partir del devengado marzo 2016

aaa-EC2Recordamos que a partir del mes devengado marzo 2016 se incrementan los montos de los aportes mensuales de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social, por aplicación del índice de movilidad dispuesto por la ley 26417.
Los nuevos importes comienzan a vencer, según la terminación de la CUIT de cada contribuyente, a partir del 4 de abril de 2016.

APORTES MENSUALES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

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