Archivo el noviembre 19, 2015

Factura electrónica. Se implementa el Facturador Móvil mediante celulares y tabletas y se establecen modificaciones respecto de la emisión de comprobantes electrónicos

aaa-EC2RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3808

Se establece que los sujetos que emiten comprobantes electrónicos originales podrán ingresar al servicio denominado «Comprobantes en Línea» a través de dispositivos móviles como tabletas o teléfonos inteligentes.
A tal efecto, deberán utilizar la aplicación denominada «Facturador Móvil», la cual se deberá instalar desde las tiendas de las aplicaciones disponibles en cada dispositivo.
Por su parte, los sujetos alcanzados por factura electrónica que realicen actividades vinculadas a servicios de prácticas de diagnóstico en laboratorios, prácticas de diagnóstico y vacunatorios, todos vinculados a la salud humana, podrán optar por el uso del controlador fiscal que emita comprobantes que identifiquen al receptor de los mismos, solo y exclusivamente para las operaciones masivas con consumidores finales.
Señalamos que los sujetos que emitan facturas, recibos, notas de débito y de crédito clase «B» que respalden operaciones con consumidores finales no alcanzadas por controlador fiscal -RG (AFIP) 3561-, en las que se haya entregado el bien o prestado el servicio en el local, oficina o establecimiento, deberán poner a disposición del comprador, locatario o prestatario el comprobante electrónico dentro de los 10 días corridos contados desde la asignación del CAE, dejándose sin efecto las disposiciones que establecen la entrega del comprobante en el momento.
Por último, destacamos que las presentes modificaciones resultan de aplicación a partir del 20/11/2015.

FUENTE: Errepar

 

 

Las sociedades extranjeras deben informar la persona física que las controla

Tendrán que dar a conocer anualmente a la IGJ el beneficiario final de su estructura jurídica, o sea, la persona física que la controla

Las sociedades extranjeras deberán informar anualmente a la Inspección General de Justicia (IGJ) el beneficiario final de su estructura jurídica, o sea, la persona física que la controla.

La mayoría de las sociedades del exterior deberá hacerlo antes de abril, ya que tiene que presentarse junto con el Régimen Informativo Anual (RIA) sobre socios y actividades en el extranjero, cuyo plazo se extendió a 120 días corridos desde el cierre del ejercicio,que en gran parte de los casos es el 31 de diciembre.

AFIP – Nuevo plan de facilidades de pago. Comparativo con plan anterior

Por: Pablo A. Vergara

 

AFIP – Nuevo Plan de Facilidades de Pago

Generalidades
–> Dudas vencidas al 30/09/2015
–> Permite refinanciar planes anteriores caducos y vigentes

 

Comparación con plan anterior
Concepto Plan Anterior Nuevo Plan de Pagos
Resolución General 3756 3806
Cantidad de Cuotas 120 120
Tasa de Interés 1,90% 1,35%
Pago Inicial 7,00%
Cuota Mínima $ 500,00 $ 150,00
Caducidad 1 cuota impaga Hasta 6 cuotas impagas para planes entre 49 y 120 cuotas
Incumplimiento de nuevas obligaciones impositivas o previsionales No existe éste requisito
Mantener la nómina de personal No existe éste requisito

 

 

 

La AFIP lanzó un nuevo plan de pagos a 10 años para regularizar impuestos

El régimen de facilidades permite regularizar en hasta 10 años los impuestos vencidos al 30 de septiembre pasado. Los contribuyentes tendrán sólo hasta el 30 de noviembre próximo para adherir al plan. Acceda al texto completo de la norma.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un nuevo plan de pagos que permite regularizar en hasta 10 años los impuestos vencidos al 30 de septiembre pasado.

La medida se dio a conocer a través de la resolución general 3.806 publicada en el Boletín Oficial.

Los contribuyentes tendrán sólo hasta el 30 de noviembre próximo para adherir al plan.

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Establecimientos educativos. Asignación Universal por hijo y asignación familiar por ayda escolar anual. Carga de certificados escolares en la Web de la ANSeS

aaa-EC2La Secretaría de Comunicación Pública informa que los colegios ya pueden cargar certificados escolares en la Web de la ANSeS. De esta manera, aquellas personas que necesitaban presentarlo para acceder al cobro de la Asignación Universal por Hijo y de la Asignación Familiar por Ayuda Escolar Anual ya no tendrán que acercarse a las oficinas del Organismo.
Para la gestión es necesario contar con una Clave de la Seguridad Social Corporativa (única por establecimiento escolar), que permite a un responsable actuar en nombre de cada colegio.

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El viernes no habrá actividad bancaria ni bursátil

aaa-EC2El 6 de noviembre de cada año, se celebra el Día del Trabajador Bancario, razón por la cual las entidades bancarias, financieras y los mercados bursátiles no operarán el viernes. Este feriado conmemora la fundación del sindicato en 1924.

Se encuentra normado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Ley 314. La misma establece que el 6 de noviembre de cada año se considera día no laborable para todas las entidades bancarias y financieras, por lo cual tampoco trabajarán ese día los empleados del Banco Central de la República Argentina (BCRA) ni las bolsas de comercio de todo el país, de acuerdo con lo dispuesto por las autoridades del sector bursátil para esta jornada.

FUENTE: Novedades Fiscales.

 

Feriado Nacional. Día de la soberanía nacional. Traslado al viernes 27 de noviembre

aaa-EC2La Secretaría de Comunicación Pública informa que el Poder Ejecutivo Nacional dispuso trasladar el feriado del día 23 de noviembre en conmemoración del «Día de la Soberanía Nacional» al próximo 27 de dicho mes, en virtud de que el cronograma electoral determina como fecha para la segunda vuelta o balotaje el día 22 de noviembre de 2015.

FUENTE: Errepar

 

La página web de ARBA no estará operativa el fin de semana

aaa-EC2La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires informa que su página de Internet –www.arba.gov.ar– no estará operativa durante el próximo fin de semana largo y, por ende, dejarán de funcionar todos los servicios digitales que se brindan habitualmente al contribuyente.
Esta interrupción programada en los sistemas informáticos del Organismo se extenderá desde las 15 horas del día de mañana -viernes 9- hasta las 20 horas del lunes 12 de octubre, y se debe a labores técnicas vinculadas al proceso de adecuación y puesta en producción del nuevo centro de procesamiento de datos de la ARBA.

FUENTE: Errepar

 

Claves para dar de alta a una sociedad de hecho en la AFIP tras la puesta en marcha del nuevo Código

El organismo de recaudación ajustó las tablas del aplicativo en base a lo que quedó determinado con el flamante marco normativo que arrancó su vigencia en agosto. Muchos fueron los contadores que se encontraron con una negativa a la hora de solicitar el CUIT para un tipo societario irregular

Unas semanas atrás se encendieron las alarmas de varios contadores, luego de que los funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no les permitieran inscribir y sacar el CUIT a una sociedad de hecho (SH).

El argumento esgrimido por el personal del fisco fue el mismo en varias dependencias: con las modificaciones introducidas por el nuevo Código Civil y Comercial se eliminaron algunos tipos societarios -entre las que se incluían las SH- y, por ende, no podía tomar el trámite.

Esto puso en jaque -al menos por unos días- la situación de aquellas personas que, con una estructura económica pequeña, habían constituido una sociedad de este tipo e intentaron inscribirla para comenzar con un negocio y cumplir con las obligaciones impositivas vigentes.

No obstante, el problema fue solucionado esta semana, cuando el organismo de recaudación actualizó las tablas del aplicativo necesario para dar de alta a estas sociedades (llamado Módulo de Inscripción de Personas Jurídicas).

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La IGJ aplica multas por inconsistencia en el domicilio

El organismo que registra las sociedades, ONG y fideicomisos se halla facultado a abrir un procedimiento interno para aplicar sanciones a la sociedad, directores y síndicos toda vez que entienda haber realizado notificaciones en sedes ficticias o inscripciones tardías de las mismas

La Inspección General de Justicia (IGJ) está enviando multas por inconsistencias entre las sedes sociales declaradas en otros trámites y la legal inscripta ante el organismo, o por notificaciones fehacientes por carta documento enviadas a esas sedes legales inscriptas en las cuales el correo no encontró receptor.

Así lo comentó Verónica Franco, del estudio Lisicki Litvin & Asociados, a El Cronista quien agregó que las multas rondan los 3.000 pesos.

Pero el organismo que registra las sociedades, ONGs y fideicomisos se halla facultado a abrir un procedimiento interno para aplicar sanciones a la sociedad, directores y síndicos toda vez que entienda haber realizado notificaciones en sedes ficticias o inscripciones tardías de las mismas, y las multas tendrán un monto máximo de hasta $100.000 por cada uno de esos sujetos que sea imputado a partir del 1 de noviembre próximo.

Desde esa fecha, además, las sociedades, asociaciones civiles y fundaciones de la ciudad de Buenos Aires estarán sometidas a un cronograma mas ajustado en los plazos de inscripción de su sede social en la IGJ, debiendo ingresar el trámite dentro de los 5 días de aprobado por el órgano social competente.

El organismo también analizará la sede social efectiva en forma previa cuando se le solicite inscribir cualquier otro tipo de acto, como un aumento de capital, o al momento de la inscripción del directorio, por ejemplo, indicó Franco.

FUENTE: iProfesional.com