Archivo el febrero 27, 2014

Buenos Aires: intimarán a más de 2,5 millones de contribuyentes con deudas fiscales

El organismo de recaudación bonaerense informó que se tratan de 1,7 millones de personas con deudas menores a $5.000 y otros 800.000 con montos superiores

La decisión está tomada. La administración de Daniel Scioli enviará intimaciones a más de 1,7 millones de contribuyentes que posean deudas impositivas menores a los 5.000 pesos.

Al menos así lo informaron desde la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) que también lanzará reclamos a otros 800.000 bonaerenses que adeudan montos superiores a los mencionados.

En todos los casos se trata de deudas vencidas antes del 31 de diciembre pasado, en estado judicial o no, que podrán ser incluidas en los planes de pago en cuotas que posee fisco y, en algunos casos, con importantes descuentos, informó Clarín.

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Asignaciones familiares. Certificado de escolaridad. Presentación por web

aaa-EC2La ANSeS informa que habilitó, a partir del 26/2/2014, una opción en su sitio web para poder presentar el certificado de escolaridad por Internet (Formulario Acreditación de Escolaridad/Escolaridad Especial PS 2.68). Hasta ahora, la constancia solo podía presentarse de manera presencial en alguna de las delegaciones del Organismo, solicitando previamente un turno.
El Formulario de Acreditación de Escolaridad certificará la concurrencia de los chicos al colegio o, en caso de discapacitados, a distintos tratamientos o enseñanza especial.

FUENTE: Errepar

La Afip estableción régimen informativo para el comercio minorista

La Cámara de Comercio e Industria de San Isidro, informa que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un Régimen de Información de Operaciones Comerciales Minoristas. La medida, adoptada a través de la Resolución General 3580 y publicada en el Boletín Oficial, dispone un régimen de información de operaciones efectivizadas mediante la utilización de controladores fiscales, que deberán aplicar aquellos sujetos que expresamente sean notificados.

AFIP puso a disposición el aplicativo de Ganancias y Bienes Personales

En el día de la fecha la Administración Federal de Ingresos Públicos puso a disposición de los contribuyentes en su pagina web, el programa aplicativo Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – Versión 14 Release 3, pero no se describen novedades, lo cual es llamativo habida cuenta los cambios en las deducciones personales ocurridos durante el período fiscal 2013.

Como suele suceder cada año, si bien se sube el programa aplicativo el mismo no cuenta con las respectivas tablas de valuación de bienes para el período fiscal citado, las que se adjuntarán más adelante.

FUENTE: Errepar

 

Ayuda escolar anual. Ciclo lectivo 2014. Monto. Incremento

aaa-EC2DECRETO 185/2014

SUMARIO: Se eleva el monto de la ayuda escolar anual, estableciéndose un valor general de $ 510 y otros diferenciados para determinadas zonas geográficas.
La citada asignación se liquidará al inicio del ciclo lectivo para los niños, niñas y adolescentes de 5 a 17 años inclusive, debiendo presentarse el certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, como fecha límite, al 31 de diciembre de cada año.

FUENTE: Errepar

 

Aumenta desde marzo el costo fiscal que deben soportar los empleados y autónomos

El Gobierno anunció una nueva actualización del haber mínimo jubilatorio que -a partir de marzo- lleva el valor a 2.757 mensuales.

El aumento -contemplado en la Ley de Movilidad Jubilatoria- impacta de lleno en la carga fiscal que soportan mensualmente los empleados y los trabajadores independientes.

Concretamente, con respecto a estos últimos, se prevé que con el ajuste se eleve el monto a cancelar por la categoría más baja a unos $510 aproximadamente. En tanto, la más alta superará los 2.410 pesos.

En igual sentido, los autónomos que pertenecen al segundo escalón de la tabla -casi la mayoría de los contribuyentes-, comenzarán a abonar -en poco más de un mes- una cifra cercana a $715, mientras que ahora la suma que aportan es de 642 pesos.

En tanto, en lo que respecta a quienes se desempeñan en relación de dependencia, el aumento en la jubilación mínima también elevará a cerca de $32.150 el tope para calcular los aportes que se descuentan de los salarios mensuales.

Por lo tanto, una vez que la AFIP actualice el esquema de tributación para los autónomos, se estima que éste quedará diagramado de la siguiente manera:

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ARBA notificará a contribuyentes por mail

Regirá desde el 15 de marzo para Ingresos Brutos, a través de Internet

LA PLATA (De nuestro corresponsal).– La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) anunció la puesta en marcha, a partir del próximo 15 de marzo, del nuevo sistema de domicilio fiscal electrónico, que funcionará en la página oficial del organismo y, en una primera etapa, será de uso obligatorio para los 1,4 millones de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.

La presentación, que también contempla el envío de todo tipo de notificaciones e incluso intimaciones por la misma vía, estuvo a cargo del director de ARBA, Iván Budassi, y del secretario general de la Gobernación, Martín Ferré, que destacaron que el nuevo sistema informático, de acceso simple y con avanzadas normas de seguridad, «significará un importante avance en la relación con el contribuyente».

La nueva herramienta que incorpora el fisco provincial permitirá, además, enviar notificaciones y hasta intimaciones mediante un sitio de Internet individualizado, al que los contribuyentes podrán ingresar las 24 horas ingresando su CUIT y CIT (clave de identificación tributaria).

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Sellos. Declaración jurada y autoliquidación. Pago. Vencimiento. Devengamiento de intereses

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs. As.) 8/2014

Se establece que cuando se genere la declaración jurada y autoliquidación para el pago del impuesto de sellos a través de la página web de la Agencia de Recaudación -RN (ARBA Bs. As.) 62/2010-, el formulario de pago devengará los intereses correspondientes cuando hubieran transcurrido más de 15 días hábiles administrativos desde la celebración del acto, contrato u operación, y la fecha hasta la cual podrá realizarse el pago.

FUENTE: Errepar

 

Modificación del régimen de sanciones contra el trabajo no registrado. Resolución General 3589

aaa-EC2La Cámara de Comercio e Industria de San Isidro, considera de sumo interés para el comercio en general, la difusión de una nueva norma de adecuación por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) al régimen de sanciones a quienes tengan trabajadores en relación de dependencia sin registrar y  no  declarados según establece la normativa vigente. La medida podría llegar a tener un alto impacto, sobre todo en las pequeñas y medianas empresas.  Por otra parte la Cámara adhiere a los considerandos de la C.A.C. en cuanto a que no es con el agravamiento desproporcionado e irrazonable de  sanciones, que se remediará la situación.

Hasta ahora, la AFIP sólo clausuraba un establecimiento cuando una situación irregular involucraba a todos los trabajadores del empleador. El nuevo régimen, que se aplicará desde hoy, prevé sanción de clausura de tres a cinco días a aquellos que cometan infracciones que «involucren a dos o más trabajadores y alguno de ellos no haya sido incluido en alguna de las declaraciones juradas determinativas».

De esta forma, a través de la sanción de la Resolución General 3589 se modifica, en aquello que atañe al régimen de graduación de sanciones, el artículo 22 de la Resolución General 1566.

En la práctica ello se traduce en que, por el artículo 19 de la Resolución General 1566, se establece que constituye infracción y como tal objeto de sanciones, los siguientes supuestos:

a) No registrar debidamente el alta y/o baja -en los plazos y condiciones establecidos por la AFIP/DGI- de cada trabajador en tal situación constatada. En este supuesto la sanción equivale a 10 veces el monto de la base imponible mínima prevista.

b) Ausencia total de registración o del libro especial (consignación de empleados y salarios) art. 52 ley 20.744, respecto de cada trabajador en dicha situación.

Asimismo, y por el artículo 20 de la misma resolución, se incrementan las multas de la siguiente manera:

• Duplicándose cuando sean más de diez los trabajadores en cualquiera de las dos situaciones antes mencionadas o si el número de los mismos equivale a más del 50% de los ocupados.

• Cuadruplicándose cuando concurran ambas situaciones de las descritpas en el inciso a).

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Restringen aún más las compras de «dólares ahorro» que autorizan a los ahorristas

El misterioso algoritmo con el que, desde hace ya dos semanas, aprobaba o rechazaba las solicitudes de los argentinos para comprar dólares sufrió en estos días un cambio abrupto que dejó disconformes a una buena parte de ellos: desde el lunes, el primer día hábil de febrero, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) redujo a la mitad y sin previo aviso el monto en pesos autorizado a los monotributistas de las categorías más bajas.

El cambio fue confirmado al diario Ámbito Financiero por el lado de la demanda de las divisas del mercado legal: una gran cantidad de afectados que pertenecen a estos segmentos de ingresos y que, a lo largo de esta semana, se encontraron con la triste novedad en el sitio web de la AFIP sin haber recibido antes una aclaración oficial.

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