Archivo el septiembre 23, 2014

La AFIP pone la lupa sobre la evasión en los contratos de alquiler

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reforzará el control sobre la compraventa y el alquiler de inmuebles.

En efecto, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray preparará el terreno para la entrada en plena vigencia del reformulado régimen informativo que obliga a los operadores del sector a inscribirse siempre que efectúen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

La avanzada también pone la lupa sobre los alquileres mayores a $8.000 mensuales. Asimismo, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

En este escenario, la normativa establece que las empresas y particulares que «realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias».

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Pequeño manual para estar al día con el personal de servicio doméstico

aaa-EC2En octubre subirá el aporte a la obra social y en noviembre habrá que tener contratada una ART; cómo serán las condiciones

Por Silvia Stang

A partir del 3 de noviembre, las personas que trabajan en tareas domésticas deberán estar cubiertas por un seguro de riesgos laborales contratado por quienes den el empleo. La obligación surge de la ley 26.844, aprobada el año pasado, pero reglamentada -en lo que al seguro se refiere- en los últimos días. LA NACION consultó a fuentes del mercado asegurador, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y de la AFIP sobre varios aspectos que se deben tener en cuenta.

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Recursos de la Seguridad Social. Registro Nacional de las Personas. Documento Nacional de Identidad. Número de CUIL. Incorporación

aaa-EC2Se establece que a partir del 12 de setiembre de 2014, el número de CUIL de los ciudadanos será incorporado como dato en el reverso del Documento Nacional de Identidad, por ser un elemento esencial para garantizar a toda la población su derecho a la seguridad social, y con el objeto de simplificar trámites y ahorrar tiempo tanto para los ciudadanos como para el Estado, en cuanto al uso más eficiente y el acceso seguro a información y datos que hoy se encuentran dispersos.

FUENTE: Errepar

 

Limitación a compra de Dólar Ahorro. La AFIP elevó ingresos mínimos

aaa-EC2Aprovechando el incremento recientemente acordado sobre el salario mínimo, vital y móvil, la Administración federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementó el piso para acceder a la compra de dólares ahorro. En adelante habrá que acreditar un ingreso de $ 8.800 mensuales para cumplir con el parámetro (dos salarios mínimos). Muchos contribuyentes que eran habilitados se sorprendieron hoy al denegarse el pedido de compra por no alcanzar los parámetros.

No obstante el aumento del piso, que impactará en asalariados y monotributistas, se mantiene el máximo de venta de u$s 2.000.

Hasta el momento el monto mínimo era de  $ 7.200 pesos, según información de enero de la AFIP, pero dicha cifra sufrió una actualización del 22 por ciento, lo que dejó fuera de la posibilidad a un segmento que pretende ahorrar en dólares, limitándose la venta.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Nuevo procedimiento de solicitud de impresión de comprobantes para monotributistas y responsables exentos o no alcanzados por el impuesto al valor agregado

aaa-EC2Ampliando la información enviada en el día de ayer con relación a la resolución general (AFIP) 3665 -BO: 4/9/2014-, por la que se estableció un nuevo procedimiento de solicitud de impresión de comprobantes, destacamos que:
– Aquellos monotributistas que tengan que realizar la impresión de nuevas facturas, a partir del 1/11/2014 deberán realizarla mediante el nuevo procedimiento dispuesto por la resolución general (AFIP) 3665.
– Los responsables exentos o no alcanzados por el impuesto al valor agregado se encuentran obligados a llevar a cabo el nuevo procedimiento de solicitud de impresión de comprobantes a partir del 1/3/2015.
Tanto los monotributistas como los responsables exentos o no alcanzados por el impuesto al valor agregado que cuenten con comprobantes impresos con anterioridad al 1/11/2014 y/o al 1/3/2015, respectivamente, podrán utilizarlos hasta el 31/12/2014 (monotributistas) y/o hasta el 30/4/2015 (exentos o no alcanzados), o hasta la fecha en que se agote su existencia si esta última fuese anterior.
Transcurridos dichos plazos, los comprobantes que queden en existencia deberán ser inutilizados mediante la leyenda «ANULADO», debiendo permanecer archivados a disposición de futuras verificaciones del Fisco, ya que deberán habilitar sus puntos de venta a través del servicio «Autorización de Impresión de Comprobantes», opción «ABM de Puntos de Venta», y comenzar con la numeración de sus comprobantes desde el «00000001».

FUENTE: Errepar

 

ARBA estrena pago con tarjeta desde la web con Impuesto Automotor

aaa-EC2A partir de la cuarta cuota del Impuesto a los Automotores además de poder cancelar mediante pago electrónico (como Home Banking), cajero o débito automático, se suma la posibilidad de abonar con tarjeta de crédito desde la web de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA). Los vencimientos operan entre los días 5 y 11 de septiembre, aunque para quienes estén adheridos al sistema de débito automático en cuenta bancaria o utilicen la opción de pago con tarjeta de crédito, el vencimiento será el 11 de septiembre, sin importar el dominio del vehículo.

El director de Arba, Iván Budassi, recordó: “este nuevo servicio que pusimos en marcha por internet busca simplificar y agilizar la gestión de pago. Ahora, los contribuyentes pueden entrar en www.arba.gov.ar para bajar su impuesto y pagarlo en forma electrónica desde el mismo sitio”. Respecto de las últimas novedades tecnológicas de la Agencia, destacó que “también hemos desarrollado una aplicación para dispositivos que utilizan el sistema operativo Android, que posibilitará pagar impuestos, efectuar trámites y denunciar casos de evasión fiscal a través de celulares y tablets”.

Las patentes terminadas en 0 y 1 vencerán el día 5; las finalizadas en 2 y 3, el día 8; en 4 y 5, el 9; en 6 y 7, el 10; y en 8 y 9, el 11 de septiembre, con excepción de las modalidades antes mencionadas.

Los ciudadanos que tributan el Impuesto a los Automotores reciben, por buen cumplimiento fiscal, una bonificación del 5% en el monto de cada cuota. Al mismo tiempo, en esta oportunidad, se suma un 2% para aquellos que efectúen el pago del saldo anual, recordó el organismo.

FUENTE: Novedades Fiscales

 

Emisión de comprobantes. Nuevas disposiciones aplicables

aaa-EC2RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3666

Emisión de comprobantes. Nuevas disposiciones aplicables

SUMARIO: Se efectúan modificaciones al régimen de emisión de comprobantes, impulsadas con motivo de las nuevas disposiciones -dispuestas por la RG (AFIP) 3665- relativas a la solicitud de impresión de comprobantes y con relación a los controladores fiscales de nueva tecnología.
Entre las principales modificaciones señalamos:

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Emisión de comprobantes. Registro Fiscal de Imprentas, Autoimpresores e Importadores. Se modifica el procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes

aaa-EC2RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 3665

Emisión de comprobantes. Registro Fiscal de Imprentas, Autoimpresores e Importadores. Se modifica el procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes

SUMARIO: Se modifica el procedimiento para solicitar la autorización de impresión de comprobantes con efecto a partir del 1/4/2015. Entre sus aspectos más significativos destacamos los siguientes:

– Los responsables inscriptos, exentos y no alcanzados en el impuesto al valor agregado así como los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que deban emitir comprobantes deberán habilitar el o los puntos de venta que se utilizarán, mediante transferencia electrónica de datos ingresando al servicio denominado “Autorización de Impresión de Comprobantes”. Los mismos deberán encontrarse declarados previamente en el Sistema Registral.

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