Archivo el mayo 17, 2012

Acciones y participaciones sociales: prorrogan plazo para informar

La RG 3293 que sustituyó a la RG 2763 del régimen de información sobre acciones y participaciones sociales e implementó un Registro de Operaciones y otro para Actualización de Autoridades Societarias tenía previsto un primer vencimiento para el pasado 27 de abril. El mismo fue de imposible cumplimiento atento que la aplicación a través del servicio web del sito de la AFIP no se encontraba a disposición de los responsables. Con notoria morosidad el organismo dictó la Resolución General 3332 disponiendo que la aplicación recién estará disponible a partir del 1º de julio de 2012. Como consecuencia de ello se replanteó el vencimiento antes citado.

Así la nueva norma reformula íntegramente el plazo excepcional de información estableciendo que la información correspondiente a los regímenes de registración de operaciones y de actualización de autoridades societarias cuyo plazo para la presentación hubiera venido o venza en el periodo comprendido entre el 26/3/12 ( entrada en vigencia de la RG 3293) y el 15/07/12 podrá suministrarse hasta el 31/0812.

FUENTE: Novedades Fiscales.

A la hora de preparar las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales: estos son los errores más comunes

Los especialistas consultados por iProfesional.com explican cuáles son los conceptos que deben recordar los contribuyentes para cumplir en tiempo y forma la presentación y pago de estos impuestos
Por Gonzalo Chicote.

Arrancan los vencimientos de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, y muchos argentinos son los que deben cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones tributarias.

Si bien algunos ya están «duchos» en el tema, por ser responsables inscriptos en los gravámenes desde hace años, para otros, representa su «debut» como contribuyente y, por su desconocimiento, se generan un sinfín de problemas a la hora de liquidar sus impuestos.

Muchos, incluso, plantean enojados ciertas circunstancias a sus contadores y no comprenden que no declarar algún dato puede significar pagar más en el futuro, ya que a lo determinado, se le suman los intereses y las multas que puedan acarrear.

Para evitar esto, iProfesional.com consultó con expertos en la materia que dieron una lista de los errores más frecuentes para que los contribuyentes puedan tener en cuenta y evitar, así, futuros dolores de cabeza.

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Monotributo: ya rigen mayores controles sobre la facturación y gastos

Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará sobre los monotributistas evasores y los quitará del padrón.

Para ello, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray puso en marcha la flamante resolución general 3.328 publicada en el Boletín Oficial. para acceder al texto completo haga clic aquí.

La norma que reemplaza la circular 5/2010 establece que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) quedarán excluidos de pleno derecho del régimen, cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:

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Lavado de dinero: la IGJ simplificó el trámite para presentar las declaraciones juradas

El organismo a cargo de Marcelo Mamberti dispuso que las mismas podrán ser incluidas en el texto de las respectivas escrituras públicas, de modo de facilitar los casos cuando se trate de personas expuestas políticamente o sobre el origen y licitud de fondos de asociaciones civiles y fundaciones

La Inspección General de Justicia (IGJ) dispuso que las declaraciones juradas sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP) y sobre el origen y licitud de fondos de asociaciones civiles y fundaciones, podrán ser incluidas en el texto de la escritura pública.

Así lo establece la resolución general 9, emitida por el organismo a cargo de Marcelo Mamberti, que modifica el artículo 6 de la resolución 2 de este año, donde se disponen las obligaciones mencionadas, en el marco de la lucha contra el lavado de dinero.

Los cambios responden a la necesidad de simplificar la presentación del trámite, a partir de contar con la opción de incluir las declaraciones en la escritura pública que instrumenta el acto a inscribir en el organismo.

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Monotributo: claves para entender los recientes cambios al régimen y cómo afectan a la hora de comprar

[important][/important]Los pequeños contribuyentes quedarán excluidos de pleno derecho del régimen cuando adquieran bienes, realicen gastos o registren depósitos bancarios por un importe igual o superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados

Por Hernán Gilardo.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará sobre los monotributistas evasores y los quitará del padrón.

Para ello, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray pondrá en marcha una nueva herramienta que dio a conocer a través de la flamante resolución general 3.328 publicada en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo haga clic aquí.

La norma, que reemplaza la circular 5/2010, establece que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) quedarán excluidos de pleno derecho del régimen, cuando se detecte alguna de las siguientes situaciones:

  • Adquieran bienes o realicen gastos personales por un importe igual o superior al máximos admitidos para la categoría en la cual estén encuadrados.
  • Registren depósitos bancarios, debidamente depurados, por un valor igual o superior al tope fijado para su categoría.

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La AFIP controlará de cerca a empleados y autónomos

Quienes estén en relación de dependencia y ganen más de $7.385 mensuales tendrán hasta fin del próximo mes para presentar el detalle de su patrimonio. Por otra parte, los independientes deberán actualizar su situación impositiva en base a parámetros que llevan más de cinco años sin ajustarse.

Por Hernán Gilardo.

En menos de un mes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá bajo la lupa a los empleados y trabajadores autónomos.

En efecto, quienes se desempeñan en relación de dependencia –y ganan más de $7.385 brutos mensuales– tendrán hasta fines de junio para presentar el detalle de su patrimonio ante el organismo que conduce Ricardo Echegaray.

De manera complementaria, los empleados que superen los $11.075 brutos mensuales -en la medida que esos ingresos sean provenientes exclusivamente del trabajo dependiente- tendrán tiempo hasta el próximo 30 de junio para realizar una presentación simplificada en Ganancias.

En lo que respecta a los autónomos, el fisco nacional también estableció que durante el mes próximo deberán actualizar su situación impositiva en base a parámetros de honorarios que llevan más de cuatro años sin actualizarse.

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La AFIP sancionará a los comercios y deliverys que emitan comandas

La medida, que próximamente se publicará en el Boletín Oficial, surge a partir de haberse detectado gran cantidad de infracciones a las normas de facturación. El comerciante está obligado a emitir un ticket o factura a través de un controlador fiscal homologado por el fisco nacional

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sancionará con multas y clausuras a aquellos comercios y “deliverys” que emitan “comandas”. La decisión apunta a evitar la evasión fiscal, sobre todo en el IVA.

La medida, que próximamente se publicará en el Boletín Oficial, surge a partir de haberse detectado gran cantidad de infracciones a las normas de facturación, mediante la utilización de las “comandas”, que en ocasiones son entregadas a los consumidores como facturas de las operaciones realizadas.

El comerciante está obligado a emitir un ticket o factura a través de un controlador fiscal homologado por la AFIP. Sin embargo, es frecuente la emisión de facturas utilizando impresoras distintas a las autorizadas por la AFIP con el objetivo de no declarar sus ventas

Esta disposición tendrá alto impacto en el rubro gastronómico, actividad en la que se ha generalizado el uso de éstos comprobantes no fiscales.

FUENTE: iProfesional.com

Autónomos: la AFIP prepara una nueva recategorización

En poco menos de un mes, quienes realicen actividades de forma independiente deberán poner al día su situación ante la AFIP en base a parámetros que llevan más de cinco años sin ajustarse. Expertos explican las claves a tener en cuenta

En poco menos de un mes, los trabajadores independientes deberán actualizar su situación fiscal ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y, consecuentemente, el pago mensual que realizan al organismo en base a parámetros de honorarios que llevan más de cinco años sin ser modificados.

Esto es así, ya que el monto total de ingresos que percibió el trabajador autónomo durante el año pasado determina si el contribuyente debe saltar de categoría, aumentando así su cuota mensual a cancelar.

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Cada vez más contribuyentes soportan el Impuesto a los Bienes Personales

Este año hubo más presentaciones por montos superiores para el pago del tributo. Se presentaron 415.749 declaraciones y la recaudación ascendió a $1.685 millones, un alza del 31,8% interanual

En la Argentina cada vez más gente paga el Impuesto sobre los Bienes Personales. Esto obedece a la falta de actualización de la base imponible desde 2007.

Este año hubo más presentaciones por montos superiores para el pago de Bienes Personales. Se presentaron 415.749 declaraciones y la recaudación ascendió a $1.685 millones, un alza del 31,8% interanual informa el matutino Clarín.

Falta de actualización
Desde 2007, los que poseen bienes por más de $305.000 tienen que presentar la declaración jurada y pagar el impuesto. Con un detalle: ese monto no es un mínimo no imponible porque quien tiene bienes por encima de ese valor paga el impuesto sobre la totalidad del valor declarado , no sobre el excedente.

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